3.4 Penal

Violencia de género:

Valoración del daño psicológico derivado de un maltrato físico o exclusivamente psicológico, causado con la intención de desvalorar a la otra persona (pudiéndose manifestar a través de humillaciones, control excesivo sobre la víctima, amenazas, aislamiento social… etc.) El daño y secuelas que esto provoca, se valorará en un informe pericial, que pueda demostrar en sede judicial, que existe o ha existido dicha situación.

  • abusos sexuales:

valoración de la afectación que ha producido un acto sexual realizado sin consentimiento o voluntad de la víctima.

  • capacidad volitiva (control de la propia voluntad en la toma de decisiones):

valoración de la capacidad de la persona para realizar un acto , al respecto de si ha tenido voluntad o no de hacerlo, ya sea debido a una afectación mental o psicopatología que anule dicha capacidad o por una afectación transitoria provocada por otros elementos intervinentes en el momento en que se comete el acto delictivo.

  • mentira y credibilidad del testimonio:

valoración de la capacidad del sujeto de recordar los hechos sucedidos, adherencia al detalle, grado de sugestionabilidad y análisis de la credibilidad del relato, detectando mentira.

  • valoración de la inteligencia, de la personalidad, de las posibles psicopatologías… etc de inculpados en delitos penales
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